DERECHOS | Las empresas deben velar por la seguridad y cumplir con todas las condiciones ofrecidas, en caso contrario, deben responder.
Estamos ad portas de Semana Santa, una fecha donde muchas personas aprovechan para viajar, ya sea, utilizando los servicios de transporte de buses interurbanos como de aviones, por lo que el Sernac recordó sus derechos.
El director regional (s) del Sernac, Sergio Tillería, enfatizó que los consumidores que tienen planificado desplazarse durante este fin de semana largo, deben saber que la Ley de Protección de los Consumidores (LPC), establece una serie de derechos, entre ellos, a viajar en forma segura y a que se respeten las condiciones contratadas.
DERECHOS AL VIAJAR EN BUS
Los consumidores tienen derecho a conocer todas las condiciones relevantes del servicio, por ejemplo, los precios de los pasajes, tipo de bus, horario de salida y llegada al destino, servicio a bordo, entre otros, características que deben ser respetadas.
Al momento de iniciarse el viaje, los usuarios tienen derecho a ser transportados en condiciones de seguridad e higiene adecuadas.
Asimismo, en caso de que se le presente algún problema, y si el consumidor anula el pasaje con 4 o más horas de anticipación, la compañía deberá devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje. Hay que recordar que en este mercado, está prohibida la sobreventa de pasajes.
En caso de pérdida de equipaje, si el consumidor ha tenido la precaución de declarar el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el que debe estar disponible en los locales de venta de pasajes.
En caso que el consumidor no haya hecho esta declaración, la empresa que extravía su equipaje deberá compensarlo con hasta 5 UTM (alrededor de $232 mil), según el Decreto 212 del Ministerio de Transportes.
No obstante, lo anterior, los pasajeros tienen derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños y perjuicios sufridos por los incumplimiento de las empresas.
Revisa tus Derechos al viajar en Avión
DERECHOS EN SERVICIOS TURÍSTICOS
Además, de los servicios de transporte, en estas fechas aumenta la demanda por servicios turísticos. En este sentido, es importante recalcar que los consumidores tienen derecho a saber qué están contratando y a conocer el costo final, con todos los cargos incluidos, y a que el precio informado se respete.
Es importante que en este tipo de servicios la oferta turística quede reflejada en un contrato por escrito. No valen las cláusulas de los contratos donde la empresa diga que no responde por incumplimientos, eximiéndose de responsabilidad.
Para los usuarios que opten por el servicio de una agencia de turismo, deben saber que éstas tienen que responder directamente frente al consumidor, aunque hayan actuado como intermediarias de otras empresas. Las cláusulas en los contratos donde las empresas dicen que no responden por incumplimientos, no valen.
CAJEROS AUTOMÁTICOS
Durante los fines de semana largo también aumenta la demanda por los cajeros automáticos. En el caso de la prestación de este tipo de servicios, es importante enfatizar que existe un estándar de calidad y continuidad que deben ser respetados por las empresas profesionales, en este caso, los bancos. De todas formas, la recomendación a los consumidores es a que tomen los resguardos y se planifiquen con tiempo para evitar problemas.
En relación al uso de dinero en efectivo, para estas fechas, según la PDI, se da un aumento de las denuncias por falsificación de billetes, que por lo general afectan a las denominaciones 10 y 20 mil pesos por su composición de papel y algodón. La recomendación es verificar en detalle la originalidad del papel moneda mediante el tacto de la textura, verificación a contra luz de sellos y observación de efectos holográficos al inclinar los billetes.
TARJETA SEGURA
Si bien por los delitos deben responder los delincuentes, las empresas deben actuar con profesionalidad. Por ejemplo, en caso de clonación, deben tener mecanismos asociados a los medios de pago que tengan prevención antifraudes; y ante un robo de una tarjeta, la entidad siempre tiene la obligación de chequear la identidad de quien la usa.
Si a un consumidor se le cobran compras realizadas por terceros, o por servicios que no contrató, la empresa deberá probar que sus mecanismos son seguros y que actuó profesionalmente.
En definitiva, en todo aquello que se extiende en el deber de profesionalidad de mantener estos medios seguros, la entidad financiera tiene que responder, sin necesidad que exista un seguro comprometido.
Revisa los Consejos para evitar ser víctima de clonación
¿Sirve de algo el seguro?
El seguro puede servir, pero es necesario ver la póliza para saber lo que ofrece. Los consumidores tenemos derecho a la libre elección, esto nunca puede ser obligatorio; en segundo lugar, a la información veraz y oportuna. Por lo tanto, hay que fijarse en la oferta específica del riesgo que está cubierto.
¿En qué casos podría servir?
Cuando se produzca un riesgo asociado a un deber que va más allá de lo estrictamente legal respecto del deber de profesionalidad de la empresa, por ejemplo, si saco dinero del cajero y en las inmediaciones me asaltan, hay pólizas que cubren ese evento. En ese caso se justifica y el riesgo cubierto excede este deber de profesionalidad que está establecido en el marco legal mínimo.
Publicado por Equipo EPD Noticias / Fuente: Sernac Aysén
©2017 Todos los Derechos Reservados El Patagón Domingo Ltda.
Add a Comment