TRIBUNALES | La Corte de Apelaciones de Coyhaique ordenó el pago de una indemnización total de casi $ 64 millones por la amputación traumática que sufrió una menor de 2 de sus dedos.
En fallo unánime (rol 16-2015) el tribunal de alzada ratificó la condena del Primer Juzgado de Letras de Coyhaique, que condenó al municipio por su responsabilidad en el accidente que sufrió una menor de entonces 7 años de edad, por un accidente ocurrido en un resbalín de la plaza de la población Ampliación Antonio Ronchi el 29 de marzo de 2013 de la capital regional.
La Corte de Apelaciones ratificó la falta de servicio de la municipalidad en el caso argumentando que: “esta Corte concluye que, en el caso de autos, concurren todos los requisitos que son exigibles para la concurrencia de la falta de servicio».
El fallo agrega que «en este caso concreto de la Municipalidad de Coyhaique, pues ésta última, actuando dentro de sus atribuciones de administrar bienes municipales y los de uso público, como son juegos infantiles ubicados en la plaza pública existente en la Población Ampliación Padre Antonio Ronchi de Coyhaique, que eran de cargo municipal, tomó una decisión que involucraba ciertamente un riesgo al mantener esos juegos infantiles en una plaza pública en mal estado, específicamente, los relativos a los resbalines, lo cual era conocido por las autoridades del municipio, incluido su alcalde, lo cual, incluso había sido advertido por la Junta de Vecinos del lugar, en circunstancias que era previsible que en esas condiciones, esos juegos infantiles y al resbalín, podían causar daños a terceros, toda vez que el municipio no veló por su mantención ni cuidado, como se consigna en el motivo sexto del fallo que se revisa, sin que esa situación fuera advertida por algún medio al público, ya adulto o niños que concurrieran a visitar esos juegos infantiles y ocuparlos”.
La sentencia de la Corte ordena el pago por daño directo o emergente por un monto de $ 3 millones 689 mil para la menor afectada y ratifica el pago de $ 40 millones por daño moral para la niña y $10 millones para cada uno de sus 2 padres.
Sobre la sentencia, el presidente de la Corte de Apelaciones, ministro Pedro Castro Espinoza, explicó que “este tribunal conociendo de la causa decidió confirmar dicha sentencia que condenaba el pago de una importante indemnización por daño moral a la municipalidad, pero agregando recursos por daño directo, esto es el costo de la prótesis para la menor, producto por la pérdida de dos dedos de su mano, y otro que había sido negado que correspondía al pago de las costas del juicio”.
Publicado por Equipo EPD Noticias / Fuente: Corte de Apelaciones de Coyhaique
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