Abogado de Luperciano Muñoz: “Opinión del Tricel es un error forzado políticamente”

Flecha epd Bajada LEGAL | «El Tribunal Calificador de Elecciones no es una persona natural para estar opinando de lo que ellos quieran», añadió el jefe comunal.

Chile-Chico

 

 

Marcelo Castillo, abogado

Sorprendido se mostró el abogado Marcelo Castillo, en relación al pronunciamiento del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) que cuestionó la sentencia del pasado 9 de diciembre que absolvió al alcalde de Chile Chico, Luperciano Muñoz, del supuesto delito de sustracción de áridos.

 

En el documento firmado por el presidente del Tribunal Calificador de Elecciones, se asegura que la sentencia no está ejecutoriada, suspendiéndose el derecho a voto del jefe comunal y de ejercer su cargo de alcalde, ya que el proceso podría terminar en pena aflictiva. Además, el representante del Tricel afirma que debe quedar sin efecto cualquier tipo de orden decretada por el edil, Luperciano Muñoz, desde el 9 de diciembre a la fecha.

 

En relación al tema, el abogado de la autoridad comunal, Marcelo Castillo, aclaró que “el Tribunal Calificador de Elecciones no tiene facultades para pronunciarse en torno a la supuesta inhabilidad de Luperciano Muñoz para ejercer su cargo de alcalde. Desde el punto de vista jurídico, esta especie de pronunciamiento emitido desde Tribunal Electoral no corresponde y tal como lo dice el propio fallo es una simple opinión que involucra materias que no son de su competencia. De este modo, quiero pensar que esto es solo un error forzado políticamente”.

 

Alcalde de Chile Chico, Luperciano MuñozPor su parte, el alcalde de Chile Chico, Luperciano Muñoz, explicó que “el Tribunal Calificador de Elecciones no es una persona natural para estar opinando de lo que ellos quieran. Las competencias y funciones del Tricel están expresamente determinadas en la ley; conocer el escrutinio general y la calificación de las elecciones, además de resolver las reclamaciones y proclamar a los que resultan electos, pero no corresponden pronunciamientos en relación a situaciones de estricto derecho, ya que invaden competencias, incurriendo en un delito. Aquí, los únicos que tienen atribuciones para pronunciarse acerca de situaciones de estricto derecho o alcances de los fallos judiciales son el Tribunal Constitucional y la Contraloría General de la República”.

 

 

 

Publicado por Claudio Díaz Peña./ Fuente: Municipalidad de Chile Chico
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