Agrupación de DD.HH. Aysén lamentó bajas penas y pacto de silencio entre militares

 

6 Memorial - 11 de septiembre 2011
Luego de que la Corte Suprema dictará sentencia definitiva en algunos de los casos de violación a los Derechos Humanos en Aysén que ocurrieron durante la Dictadura Militar, la Agrupación de Derechos Humanos de Coyhaique, lamentó la falta de proporcionalidad existente entre la naturaleza de los delitos por los que se condena y las sanciones que se imponen en los fallos correspondientes a los episodios “Villa Los Torreones”, “Puerto Aysén” y “Puerto Cisnes”.

Ninón Neira, agrupacion DDHH Coyhaique

De acuerdo a lo informado por Ninón Neira, presidenta la Agrupación de DDHH, si bien se valora el esfuerzo por llegar a la verdad, se lamenta que las penas no se ajusten a las dimensiones de lo sucedido.

 

Paralelamente, denunció que todavía existe el pacto de silencio entre militares y civiles, lo que no ha permitido encontrar los cuerpos de los Detenidos Desaparecidos en Aysén, por lo que hicieron un llamado público al general (r) Gustavo Rivera Toro y al suboficial Miguel Ángel Rondón, para que entreguen la información que permita a los familiares de los detenidos terminar con este calvario.

 

La Corte Suprema decidió confirmar los fallos de los episodios “Villa Los Torreones”, “Puerto Aysén” y “Puerto Cisnes”, estableciéndose de esta manera condenas de 5 años de presidio de José Maricahuin Carrasco, como autor del delito de homicidio, con el beneficio de la libertad vigilada; y de 541 de presidio para Juan González Andaur Nelson Ojeda Soto, con el beneficio de la libertad vigilada, en el caso de “Villa Los Torreones”.

 

En el episodio denominado “Puerto Aysén”,  la Sala Penal confirmó las condenas de 3 años y un día de presidio en contra de Aquiles Vergara Muñoz, padre la conocida animadora de TV, Ivette Vergara, como autor del delito de homicidio, con el beneficio de la libertad vigilada; y de 541 días de presidio en contra de Miguel Rojas Quiroga, como encubridor del delito, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.

 

En el episodio “Puerto Cisnes”, por último, se mantuvieron las condenas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, dictadas en contra de José Tocol Navarro Luis Pineda Muñoz, como autores del delito de homicidio; y de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, en contra de Carlos Henríquez ReuquénHéctor Andrade Calderón Ramón Concha Pérez, en calidad de cómplices.

 

En relación con el episodio “Coyhaique”, la Corte Suprema acogió los recursos de casación interpuestos por el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y por la Fiscal Judicial de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, procediendo a anular la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt con fecha 25 de octubre de 2013 y dictando una sentencia reemplazo en la que resolvió condenar a Miguel Ángel Rondón a 10 años y un día de presidio, sin beneficios, por su responsabilidad como autor de tres secuestros calificados; y condenar a Gustavo Rivera Toro a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como encubridor, se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.

 

 Publicado por Claudio Díaz Peña./ Fuente: Agrupación de DD.HH. Región de Aysén.
©2014 Todos los Derechos Reservados El Patagón Domingo Ltda.

Loading

Tags: No tags

Add a Comment

Your email address will not be published. Required fields are marked *