Además fue condenado a 61 días de presido, aunque con beneficios. Previamente, imputado había sido suspendido condicionalmente en una causa por manejo en estado de ebriedad.
El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal condenó a Daniel Feliciano Soto Barría de 53 años, a la pena de 61 días de presidio con la pena sustitutiva de permanecer bajo la vigilancia de Gendarmería durante un año y al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, es decir más de $2 millones, como autor del delito de conducir un vehículo motorizado, a sabiendas, de haber obtenido una licencia en contravención a la ley. El hecho se registró el 19 de junio del 2012 en Coyhaique.
Además, el imputado fue condenado a la suspensión de un mes de su licencia de conducir, a contar de la fecha en que la sentencia quede ejecutoriada, según explicó el fiscal Alvaro Sanhueza Tasso, quien concurrió al juicio oral. “El imputado manejaba con un duplicado de la licencia; la original estaba retenida y no extraviada como él alegó para obtener el duplicado”, expresó el fiscal.
Si el sentenciado no tuviere bienes para pagar la multa, el tribunal impondrá, por vía de sustitución, la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, sostiene el fallo redactado por el juez Luis del Río Moncada.
COPIA FRAUDULENTA
Según dio por acreditado el Tribunal de Juicio Oral, en base a las pruebas presentadas por la Fiscalía en el juicio, el 19 de junio del 2012 Daniel Soto Barría, conducía con el duplicado de la licencia obtenido el 26 de agosto del 2011, habiendo jurado ante Notario Público el extravío de la original.
“El 17 de julio del 2011, la licencia de conducir original fue retenida por carabineros en el momento que se presentó ebrio a la guardia de la Comisaría y remitida a la Fiscalía, hecho del cual tomó debido conocimiento. No obstante, pretextando su extravío, solicitó un duplicado en la Municipalidad de Coyhaique, el que le fue concedido”, sostiene el fallo del Tribunal.
De acuerdo a la acusación del fiscal Alvaro Sanhueza, el 17 de julio de 2011, Carabineros de Coyhaique sorprendió al imputado manejando en estado de ebriedad, por lo cual retuvo su licencia de conducir.
Posteriormente, el 01 de septiembre de 2011, el imputado fue objeto de una suspensión condicional del procedimiento, donde una de las condiciones era la suspensión de licencia de conducir por un lapso de 6 meses, a contar del día 17 de julio de 2011, fecha en que la licencia fue retenida.
Sin embargo, el 26 de agosto de 2011, a poco más de un mes de la retención de su licencia, el imputado obtuvo un duplicado de ésta ante el Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Coyhaique, omitiendo acompañar un informe del Registro Nacional de Conductores para acreditar que su licencia original no estaba cancelada ni suspendida y una declaración jurada notarial cuya narración de hechos era falsa, toda vez que refirió en ella haber extraviado su licencia clase B y que ésta no se encontraba retenida.
Luego, con fecha 19 de junio de 2012, carabineros lo sorprendió cometiendo una infracción de tránsito mientras conducía un vehículo con el duplicado de licencia, documento que fue retenido y enviado al Juzgado de Policía Local de Coyhaique, entidad que hizo finalmente la denuncia a la Fiscalía.
La sentencia fue dictada por los jueces Carolina Cerna Carrasco, Sergio Vásquez Parra y Luis del Río Moncada. La defensa del imputado estuvo a cargo del abogado Lorenzo Avilés Rubilar.
Publicado por Rocio Avendaño Seguel./ Fuente: Ministerio Publico Región de Aysén.
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