El plazo para presentar la excusa es hasta el miércoles 30 de octubre.
Por primera vez en la historia de nuestro país, las mujeres embarazadas que se encuentren dentro de las 6 semanas previas al parto, o con hijos recién nacidos de hasta 24 semanas, podrán excusarse de ser vocal de mesa
Así lo dio a conocer, la directora del Servicio Nacional de la Mujer, Ximena Carrasco Hauenstein, explicando que “esta iniciativa surge de la demanda que realizaron las propias mujeres en elecciones anteriores, ya que a pesar de que estaban embarazadas o con bebés recién nacidos, igualmente debieron cumplir con la labor de ser vocales de mesa. Nuestro gobierno hace un profundo reconocimiento a la maternidad y a su protección, y hoy la legislación se hace cargo en este sentido”, indicó Carrasco.
La directora manifestó que “esta nueva ley podrá ser aplicada por primera vez y, de aquí en adelante en todas las elecciones, para que las mujeres que se encuentren en las últimas 6 semanas de su embarazo o hasta 24 semanas después de éste puedan excusarse, ya que muchas veces las instalaciones dónde se llevan a cabo las votaciones no son las adecuadas para mujeres que se encuentran con embarazo avanzado o con sus hijos recién nacidos, por lo tanto esto ratifica el compromiso del Gobierno con las mujeres y si bien esto fue una moción parlamentaria promovida tanto por diputados de la Alianza y la Oposición y liderada por el diputado Issa Kort, también es cierto que el Ejecutivo le dio suma urgencia para poder sacarlo adelante este año”.
Finalmente, Ximena Carrasco explicó que “esta nueva normativa, va en la misma línea que la Nueva Ley de Postnatal que impulsó el Gobierno del Presidente Piñera, de manera de permitir una adecuada lactancia, cuidado, apego, y todos los beneficios que implican para el hijo o hija, en cuanto a permanecer más tiempo y en las mejores condiciones posibles, al cuidado de su madre en sus primeros meses de vida”, concluyó.
REQUISITOS PARA EXCUSARSE
El nuevo cuerpo legal se publicó el 27 de junio pasado y modifica la ley Nº 18 mil 700 Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, señalando los siguientes requisitos para excusarse:
- Mujer embarazada dentro de las 6 semanas previas al parto o con hijos recién nacidos de hasta 24 semanas.
- Presentar la excusa por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva.
- Acompañar el certificado médico o documento que acredite estar recibiendo el subsidio de pre o postnatal (para las madres trabajadoras).
- Excusarse en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación de los vocales de mesa y miembros de los Colegios Escrutadores.
- El plazo para presentar la excusa es hasta el miércoles 30 de octubre.
Las mujeres bajo estos requisitos pueden excusarse independiente de si tienen trabajo remunerado o no.
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