Miércoles 29 de junio 2011 – Columna de Claudio Díaz P.

No hay voto para el “sudaca chilensis

Por Claudio Díaz Peña
cdiaz@elpatagondomingo.cl

Escucha Despues D – Jueves 30 de junio 2011

La Ley 24.007 establece en Argentina el derecho a votar en elecciones nacionales de los argentinos que viven en el extranjero. Sólo basta que se inscriban en el Registro de Electores de Residentes en el Exterior, y aunque el voto en el exterior no es obligatorio, nuestros vecinos trasandinos pueden elegir Presidente, Vicepresidente, y también a representantes al Honorable Congreso Nacional, según el último domicilio que tengan Argentina, aunque vivan fuera del país.

Recientemente, para sortear una reñida justa electoral, Ollanta Humala recibió votos de una buena parte de los más de 750 mil peruanos que residen en el extranjero, quienes fueron convocados a votar en las elecciones presidenciales y legislativas 2011, el pasado 10 de abril. Este ejercicio ciudadano desde el extranjero, está instaurado en el Perú hace más de 25 años, es decir, los peruanos –al menos en este tema- nos llevan la delantera por más de un cuarto de siglo…

Y es que en Sudamérica todos los países garantizan el derecho al voto en el exterior de sus ciudadanos… ¿todos? Bueno, casi todos.

Argentina, lo aplica desde 1993, Perú y Brasil permiten ejercen el voto en el extranjero hace ya varias décadas y los ciudadanos colombianos sufragan en el exterior para Presidente y para el Senado, desde 1961. En Ecuador, los votantes fuera del país tienen el derecho desde el año 2002, también lo garantiza Venezuela, mientras en el caso de los bolivianos residentes en el exterior, sufragaron masivamente en las elecciones generales de 2009, dando el triunfo a Evo Morales como Presidente.

En Sudamérica, sólo Chile  -junto a Paraguay y Uruguay- es uno de los pocos países que no ha avanzado en este tema. Aún no se reconoce el derecho al voto a los ciudadanos chilenos en el exterior, pese a que desde 2005 existen iniciativas al respecto, lo que implica modificar la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.

El Presidente Sebastián Piñera ha dicho que debe existir un “vínculo” de los compatriotas que residen fuera de Chile para adjudicarles el derecho a voto, como si no bastara el ser chileno o chilena, el tener nacionalidad o el estar inscrito en el padrón electoral.

Es más, ayer el Presidente Piñera dijo al fragor de las movilizaciones y tomas de los estudiantes secundarios y universitarios que “ningún estudiante tiene el derecho de privar a otro estudiantes de querer cumplir su voluntad”. La misma reflexión, imagino, se hacen los cerca de 100 mil compatriotas a quienes se les niega la posibilidad de expresar su pensamiento, su voluntad y su decisión. Por el sólo hecho de residir en el extranjero, están privados de participar en una de las pocas y más relevantes oportunidades que tiene un ciudadano o ciudadana para aportar a los destinos del país.

Baste ahora recordar que la palabra «sudaca» nació en Europa para denominar a los sudamericanos que se encontraban exiliados, producto de las dictaduras militares, surgidas en esta parte del mundo. “Sudaca” es un término despectivo que además encierra una profunda estigmatización para quienes representan lo peor del Cono Sur, según los europeos, es un símbolo de ‘escoria social’, que no sirve, que no vale. Por ello, mientras se continúe negando el derecho de sufragio a los compatriotas que viven en Europa, en EEUU o en cualquier otro país fuera de Chile, significa que -como los europeos-seguimos tratando a miles de chilenos y chilenas no como ciudadanos de verdad sino como unos simples «sudacas»

De lunes a viernes, de 14 a 15 horas, por www.radioventisqueros.cl/radio_online.html

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