Por Jorge Díaz Guzmán
Luego de meses de investigación, y gracias a las múltiples diligencias de la PDI y a las pericias del Instituto Médico legal, en particular, de la doctora Carmen Cerda -una autoridad en la medicina forense- se pudo acreditar la participación del inculpado Gilbert Lara Carvajal (29) como autor material de la muerte de Nataly Arias Peña (16).
Sin embargo, no sólo se logró aquello. Según el abogado de la familia Arias Peña, Mauricio Daza Carrasco, aquí se acreditó la participación del imputado, quien actuó sobre seguro, con premeditación y frialdad, por lo tanto la pena debe ser mayor, argumenta. Según los antecedentes del juicio, Lara Carvajal, usó un nombre falso para invitar a la adolescente a una reunión de amigos, justo cuando la ciudad celebraba su aniversario y había un ambiente festivo en toda la comunidad, incluso le envió un taxi a su domicilio, para luego, ya en su cabaña, ultrajarla, asesinarla, esconder el cuerpo de la víctima y evitar ser descubierto por la justicia.
Pena discriminatoria
Para la ciudadanía de Aysén, el caso policial -ocurrido el 29 de enero de 2009- se sumaba a un conjunto de muertes no resueltas y que han tenido como víctimas a jóvenes de escasos recursos, todos ocurridos en circunstancias, al menos confusas, comenta Daza.
Por eso es que el homicidio de la joven, de 16 años, generó alto interés ciudadano y de los medios de comunicación social en Aysén.
“Este caso tiene 2 componentes, uno que hubo la posibilidad de obtener una condena en contra de una persona por un crimen atroz, y un segundo componente que tiene que ver con la cuantía de la pena, y ahí nosotros no estamos satisfechos, lo que ha ocurrido es discriminatorio y escandaloso”, asevera el abogado Daza, quien junto a Valentina Horvath representó a la madre de Nataly.
Agrega el jurista querellante, “que la pena es discriminatoria, porque en casos similares, que se ‘ventilan’ en otras zonas del país, con menos pruebas, que las que se mostraron en esta causa, las condenas normales son a presidio perpetuo calificado, en consecuencia, la señal que da este tribunal es muy mala, sobre todo considerando que el Tribunal Oral en lo Penal tiene competencia en toda la región, por lo tanto las decisiones que adopta afectan a toda la Región de Aysén”.
La familia de la joven víctima no comparte la decisión del tribunal, en cuanto a que un delito -que hasta hace poco tiempo incluso tenía pena de muerte- hoy lo haya sancionado con la pena menor.
“Este fallo es equivalente a decir que la vida de un adolescente en la Región de Aysén, vale menos que la vida de un adolescente de Santiago, Valparaíso u otras regiones del país, donde se conocen estas causas y decimos además que el fallo es escandaloso, porque el juicio estaba claramente probado que Lara obró con alevosía, esto quiere decir sobre seguro para cometer el delito”.
Más adelante el abogado querellante fundamenta su disconformidad por el fallo y señala que “no lo motiva ánimo de venganza alguno, ni de la familia o porque queramos darle una señal a la comunidad, aquí lo que estábamos pidiendo que se aplicara la ley. Habiendo obrado con alevosía y no teniendo una reprochable conducta anterior, lo que corresponde es aplicar el máximo de pena, es por aplicación directa de la ley, nada más. Lo que estábamos pidiendo era que se aplicara el Código Penal y aquí eso no ocurrió inexplicablemente”, concluye el abogado Daza Carrasco.
Así, aún queda por dilucidarse qué instancias seguirá en estos días la parte querellante para modificar la pena. Según juristas consultados, se restringen a 2 líneas de acción: un recurso de nulidad, que va al fondo del asunto -argumentando una supuesta infracción de Ley- y, la menos probable, recurrir de queja al superior jerárquico.
En grandes casos
Mauricio Daza Carrasco, abogado y magíster en Derecho Penal y Procesal Penal ha estado en diversas causas de alta connotación pública en los últimos años.
En esta zona, en 2003, el abogado ya fue defensor y logró la libertad de Carlos Alvear (procurador de Otraisén, entidad que defendió a los familiares de los jóvenes muertos en Puerto Aysén), inculpado por obstrucción a la justicia e inducción de falso testimonio. Cargos que emanaron de la declaración del llamado ‘testigo clave’ del Caso Aysén, Jorge Corona, quien declaró que Alvear lo habría inducido a mentir ante la justicia.
El año 2005, en la solicitud de desafuero –por injurias graves y desacato- formulada por el ex ministro de Obras Públicas, Javier Etcheberry, en contra del diputado Pablo Lorenzini (DC), Daza fue defensor de este último. Ese mismo año, junto al diputado DC apoya la reactivación del caso del colapso del puente Locomilla, investigado por una comisión especial de la cámara baja.
Dos años más tarde, el jurista aparece como representante de Calzados Rugged en el bullado caso Publicam, en que varias empresas fueron mencionadas como presuntos clientes de la «mafia» de venta de IVA.
También figuró como uno de los abogados defensores de Aarón Vásquez Muñoz, el joven condenado por asesinar con un bate de béisbol al ciclista Alejandro Inostroza (26) la noche del 28 de octubre de 2006. En ese caso, Daza solicitó beneficio de salida diaria para Vásquez, luego que éste cumpliera la mitad de la pena de reclusión en Copiapó, pero la justicia no acogió el recurso, y la madre del ciclista declaró a la prensa que no permitiría privilegios para el asesino de su hijo.
Durante 2009, mientras el rostro de televisión Mauricio Israel era buscado por deudas en Chile, le representaba Mauricio Daza, aunque asegurando desconocer el paradero de su cliente, hasta que el periodista deportivo retornó desde Oriente Medio al país para enfrentar la justicia.
Este año, Mauricio Daza oficia como defensor en el Caso Bombas, donde se formalizó a un grupo de anarquistas por asociación ilícita terrorista y por colocación de artefactos explosivos, tras allanarse una casa “okupa” en la Región Metropolitana.
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